jueves, 1 de diciembre de 2016


5.- CONTRATO MERCANTIL 

Jurídicamente existe un contrato cuando dos partes se comprometen u obligan unilateral o bilateralmente  ( contratos sin dogmáticos)  al realizar alguna prestación  hacia la otra bajo el amparo  de la ley. Requiere del acuerdo   de voluntades, exteriorizado en forma expresa o tácita.
Los contratos mercantiles son aquellos que están  legitimo y legalmente o comercial regidos por una rama especial y revestirán  el carácter de tales cuales cuando reunan las características que establece las leyes respectivas  de cada país.
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  • Contrato de compraventa mercantil
  • Contrato de permuta mercantil 
  • Contrato mercantil de transporte terrestre 
  • Contrato de seguro 
  • Afianzamiento mercantil 
  • Letras, cheques, pagares y cartas de crédito.
  • Contratos especiales del comercio marítimo ( contrato de flamento, contrato de gruesa  y contrato de seguros marítimos) 
  • Contratos de compañía (mas comúnmente de sociedad)
  • Contrato de cuentas en  participación 
  • Contrato de comisión mercantil ( as´pi como los diversos contratos) y otras formas de mandato mercantil.
  • Contrato de agencia.
  • Contrato de depositó mercantil (así como los diversos contratos bancarios.
  • Contrato de préstamo mercantil (incluyendo el préstamo con garantía de valores).

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